14 de noviembre de 2023

¿Me pueden quitar la plaza de funcionario?

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En el post de hoy vamos a tratar un tema que te habrás preguntado si estás preparando una oposición. La obtención de una plaza de funcionario es un proceso lento, necesitas dedicarle muchas horas y ser constante en tu estudio.

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Una vez que la consigues, es tuya para siempre. Pero eso no significa que puedas llegar a perderla por diferentes causas que te explicaremos a continuación.

Ante la pregunta, ¿me pueden quitar la plaza de funcionario? La respuesta es afirmativa, lo primero que debes tener en cuenta cuando consigues una plaza de funcionario es que como cualquier otro trabajador tienes un contrato, y por lo tanto, tienes que respetar las condiciones que se exponen en él. Si no lo haces, puede ser un motivo para perder la plaza o para que te sancionen.

Renuncia voluntaria

Una vez que obtienes la plaza puedes hacer una renuncia voluntaria a la condición de funcionario, esta debe ser manifestada por escrito y tendrá que ser aceptada por la Administración. Esta renuncia no será aceptada si el funcionario está sujeto a un expediente disciplinario, haya sido dictado en su contra auto de procesamiento o apertura de juicio oral por la comisión de algún delito. Aunque renuncie de manera voluntaria a la plaza, no quiere decir que no pueda en un futuro volver a ingresa en la Administración Pública, realizando de nuevo el procedimiento de selección.

Perdida de nacionalidad

Si el puesto que ocupas como funcionario requiere la nacionalidad del país o de algún estado miembro de la Unión Europea u otro y se pierde, supondrá la pérdida de la condición de funcionario en la que te encuentras salvo que simultáneamente se adquiera la nacionalidad de alguno de dichos Estados.

La jubilación total

La jubilación de los funcionarios puede ser voluntaria, si lo solicita el funcionario siempre que reúna los requisitos y condiciones establecidos en el Régimen de Seguridad Social que le sea aplicable.

Será forzosa cuando se cumple la edad legalmente establecida. Y por la declaración de incapacidad permanente para el ejercicio de las funciones propias de su cuerpo o escala, por el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente absoluta o incapacidad permanente total.

La pena principal o accesoria de inhabilitación

La pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público que tuviere carácter firme. Una vez que se imponga la pena principal de la sentencia se produce la inhabilitación absoluta o especial.

La sanción disciplinaria

La sanción disciplinaria se debe cuando se comete una falta muy grave tipificadas en el Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado:

a) El incumplimiento del deber de fidelidad a la Constitución en el ejercicio de la Función Pública.

b) Toda actuación que suponga discriminación por razón de raza, sexo, religión, lengua, opinión, lugar de nacimiento, vecindad, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

c) El abandono de servicio.

d) La adopción de acuerdos manifiestamente ilegales que causen perjuicio grave a la Administración o a los ciudadanos.

e) La publicación o utilización indebida de secretos oficiales así declarados por ley o clasificados como tales.

f) La notoria falta de rendimiento que comporte inhibición en el cumplimiento de las tareas encomendadas.

g) La violación de la neutralidad o independencia políticas, utilizando las facultades atribuidas para influir en procesos electorales de cualquier naturaleza y ámbito.

h) El incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades.

i) La obstaculización al ejercicio de las libertades públicas y derechos sindicales.

j) La realización de actos encaminados a coartar el libre ejercicio del derecho de huelga.

k) La participación en huelgas, a los que la tengan expresamente prohibida por la ley.

l) El incumplimiento de la obligación de atender los servicios esenciales en caso de huelga.

m) Los actos limitativos de la libre expresión de pensamiento, ideas y opiniones.

n) Haber sido sancionado por la comisión de tres faltas graves en un período de un año.

¿Puedo recuperar la condición de funcionario?

Tal y como hemos visto se puede perder la plaza por diferentes motivos, si es a causa de la perdida de nacionalidad o jubilación por incapacidad permanente existe la rehabilitación de la condición de funcionario, en el que una vez que desaparezca la causa por el que se motivó, se puede solicitar la rehabilitación para reincorporarte en el puesto.

Si se ha perdido por estar condenado, se puede llegar a solicitar la rehabilitación dependiendo de la causa o la circunstancia del delito.

Para más información sobre la perdida de plaza o la rehabilitación para reincorporarte en el puesto, puedes consultarlo en el BOE, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

También puedes ponerte en contacto con nosotros o consultar los post de nuestro blog para resolver todas tus dudas. ¡A por la plaza Cazadores!